El trabajo es uno de los factores para la integración de las personas y también para las personas con alguna discapacidad. Es un derecho reconocido en el Artículo 35 de la Constitución Española.
La situación actual del mercado laboral no es buena para los trabajadores en general, pero es aún peor para las personas con discapacidad, pues tienen mayores dificultades que el resto de la población para encontrar empleo. Cuando el número de desempleados aumenta, los trabajadores con discapacidades tienden a quedar en un segundo plano respecto de otras personas que buscan empleo.
La Ley de Integración Social del Minusválido (LISMI 1982) establece la llamada cuota de reserva, que consiste en que las empresas públicas y privadas que reúnan determinadas condiciones están obligadas a reservar un porcentaje de puestos de trabajo para las personas con discapacidad. Actualmente esta cutoa de reserva es de un 2% para todas las empresas que dispongan de más de 50 trabajadores.
Las personas con discapacidad deberían recibir un tratamiento equitativo en el trabajo, en particular en materia de seguridad y salud en el trabajo. La seguridad y la salud no deberían utilizarse como pretexto para no emplear o dejar de emplear personas con discapacidad. Además, un lugar de trabajo accesible y seguro para personas con discapacidad también resulta más seguro y accesible para todos los trabajadores. Las personas con discapacidad están protegidas tanto por la legislación en materia de lucha contra la discriminación como por la legislación sobre la seguridad y salud en el trabajo europeas. Estas leyes, que los Estados miembros incorporan a las legislaciones y disposiciones nacionales, deberían aplicarse para facilitar la contratación de personas con discapacidad, no para excluirlas.
